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Procesos sucesorios y mortuales en San Carlos, Costa Rica

Tramitamos la sucesión de los bienes de un familiar fallecido, en vía judicial o notarial, hasta que cada heredero reciba lo que le corresponde.

Cuando fallece un ser querido, sus bienes no pasan automáticamente a los herederos: es necesario un proceso sucesorio, conocido popularmente como mortual. Le acompañamos en cada etapa con respeto y claridad.

Lo que hacemos por usted

  • Sucesiones testamentarias (cuando existe testamento) y legítimas (sin testamento).
  • Sucesiones en sede notarial, cuando todos los interesados están de acuerdo.
  • Sucesiones en sede judicial, cuando hay controversia o la ley lo exige.
  • Nombramiento de albacea, inventario y avalúo de bienes.
  • Partición y adjudicación de bienes a los herederos e inscripción en el Registro Nacional.

Por qué hacerlo a tiempo

Mientras la sucesión no se tramita, los bienes no pueden venderse, hipotecarse ni traspasarse con normalidad, y pueden acumularse impuestos y deudas. Un trámite oportuno protege el patrimonio familiar.

Preguntas frecuentes

¿La sucesión siempre debe ir a un juzgado?

No siempre. Cuando todos los interesados están de acuerdo y la ley lo permite, la sucesión puede tramitarse ante notario público, lo que suele ser más ágil. Si existe conflicto, se tramita en sede judicial.

¿Qué necesito para iniciar un proceso sucesorio?

Como punto de partida: el certificado de defunción, los documentos de identidad de los posibles herederos y la información de los bienes (fincas, vehículos, cuentas). En la primera consulta definimos la ruta más conveniente.

Esta información es general y no sustituye el análisis de su caso concreto. Cada asunto se valora de forma individual en consulta.

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